¿Qué sociedades deben tener revisor fiscal en 2026?

De cara al año 2026, es fundamental que las empresas evalúen si están obligadas a contar con revisor fiscal, teniendo en cuenta los activos e ingresos reportados al 31 de diciembre de 2025, así como el tipo de sociedad.


Topes que generan la obligación

Según la Ley 43 de 1990, deberán designar revisor fiscal —mediante decisión de la junta de socios o la asamblea de accionistas— las sociedades comerciales que cumplan con uno o ambos de los siguientes criterios:

  • Activos brutos iguales o superiores a $7.117.500.000 al cierre de 2025. (5.000 SMMLV)
  • Ingresos brutos iguales o superiores a $4.270.500.000 durante el año 2025. (3.000 SMMLV)

Estos topes deben analizarse con base en la información financiera oficial de la empresa.

Obligación según el tipo de sociedad

Independientemente de los valores anteriores, el artículo 203 del Código de Comercio establece la obligación de contar con revisor fiscal para:

  • Todas las sociedades por acciones.
  • Las sucursales de sociedades extranjeras en Colombia.
  • Las sociedades que decidan tener revisor fiscal de manera voluntaria, siempre que la decisión sea adoptada por socios que representen al menos el 20 % del capital social y que no formen parte de la administración.

¿Por qué es importante revisar esta obligación?

Contar con revisor fiscal no solo permite cumplir con la normativa vigente, sino que también fortalece la transparencia financiera, el control interno y la confianza de socios, inversionistas y terceros.

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